Impuesto belga sobre plusvalías
Desde el 1 de enero de 2026, Bélgica aplica un impuesto sobre las plusvalías realizadas en activos financieros. Esta guía resume las reglas clave que afectan su declaración fiscal.
El impuesto se aplica a las plusvalías realizadas en la venta de activos financieros mantenidos como parte de la gestión normal del patrimonio privado. Esto incluye:
- Acciones (cotizadas o no), bonos, ETFs, fondos de inversión
- Derivados — opciones, futuros, swaps, warrants, CFDs
- Criptoactivos — criptomonedas, tokens, stablecoins y los NFTs que pueden servir para pagar o invertir
- Divisas — saldos en dinero que no están en una cuenta de pago, oro de inversión
- Seguros de vida — contratos rama 21, 23, 44
En los criptoactivos, cambiar un criptoactivo por otro es una transmisión, igual que venderlo por euros o pagar con él. Un traspaso entre sus propios monederos no lo es.
Exentos: fondos de ahorro para pensiones, seguros de vida con deducción fiscal, seguros de fallecimiento puro y objetos de colección (excepto oro de inversión).
El impuesto belga sobre plusvalías tiene tres regímenes distintos:
| Régimen | Tipo | Se aplica a |
|---|---|---|
| Pequeño inversor | 10% | La mayoría de inversores particulares (predeterminado) |
| Plusvalías internas | 33% | Venta de acciones a una sociedad que usted controla |
| Participación sustancial (≥20%) | Progresivo | Grandes accionistas (0% → 1,25% → 2,5% → 5% → 10%) |
El régimen progresivo para participación sustancial: el primer millón de euros de plusvalías está exento. Ese millón se cuenta sobre cinco períodos impositivos consecutivos: lo que ya quedó exento durante los cuatro períodos anteriores se descuenta. Sobre el importe que queda tras la exención:
- 1,25% hasta 2,5 millones de euros
- 2,5% de 2,5 a 5 millones de euros
- 5% de 5 a 10 millones de euros
- 10% por encima de 10 millones de euros
Cada contribuyente dispone cada año de una exención básica sobre sus plusvalías netas: 10.000 € para las rentas de 2026. Este importe se indexa cada año. El impuesto del 10% solo se aplica a las ganancias que superen la exención.
Exención complementaria
A partir de las rentas de 2027 puede añadirse una exención complementaria. Depende del año anterior: si no utilizó su exención básica, obtiene 1.000 € (importe de 2027, indexado después); si utilizó menos de 1.000 €, obtiene 1.000 € menos ese importe; si utilizó más, no obtiene nada para ese año.
Las exenciones complementarias no utilizadas se acumulan de un año a otro; la ley no prevé fecha límite para utilizarlas. Solo su uso está limitado por año: unos 5.000 € (importe base de 2.426 €, indexado cada año; en sus ejemplos, la circular toma cinco veces la exención complementaria del año). Se utilizan primero, las más antiguas antes, y después la exención básica.
Parejas casadas / cohabitantes
La exención es personal: una por contribuyente. Cuando un bien es común a dos cónyuges, cada uno declara la mitad de la plusvalía y utiliza su propia exención, es decir, hasta 20.000 € entre los dos en 2026.
Cuando ha adquirido el mismo activo en diferentes momentos y precios, la ley exige el principio FIFO: el primer activo adquirido se considera el primero vendido.
Ejemplo
2026: Compra de 10 acciones a 100 € cada una
2027: Compra de 20 acciones a 150 € cada una
2028: Venta de 15 acciones a 200 € cada una
Plusvalía: 10 × (200 − 100) + 5 × (200 − 150) = 1.250 €
Las compras que no se han vendido siguen en la cola de un año a otro: cada venta consume las más antiguas que quedan.
Un FIFO por cuenta
Si mantiene el mismo activo en varias cuentas de valores, el FIFO se aplica por separado en cada cuenta: una venta solo consume las compras de su propia cuenta.
Mover sus activos de una de sus cuentas a otra sin venderlos no es una transmisión: no se realiza ninguna plusvalía y su precio de compra no cambia.
La aplicación aplica el FIFO por separado en cada plataforma, para cada activo. Cuando mueva activos de una plataforma a otra, registre un traspaso: conservan su fecha y su precio de compra en la plataforma de destino. Sin ese registro, la aplicación no puede asociar sus ventas con las compras correctas.
La base imponible es la diferencia bruta entre el precio de venta y el precio de adquisición. Ningún gasto ni impuesto de ningún tipo puede deducirse, incluyendo:
- Comisiones de corretaje
- Impuesto sobre operaciones bursátiles (TOB)
- Gastos de custodia
- Costes de valoración de activos no cotizados
La aplicación muestra sus gastos a título informativo, pero están excluidos del cálculo de plusvalías conforme a la ley.
Las pérdidas realizadas durante el mismo año fiscal pueden compensarse con las ganancias, sujetas a estas reglas:
- Mismo contribuyente, mismo período impositivo
- Mismo régimen fiscal (las pérdidas de participación ≥20% no compensan ganancias del régimen del 10%)
- Cross-asset permitido: una pérdida en acciones puede compensar una ganancia en cripto u oro dentro del mismo régimen
- Las pérdidas no pueden trasladarse a años futuros
La aplicación calcula automáticamente su resultado neto (ganancias − pérdidas) antes de aplicar la exención.
Para activos mantenidos antes del 1 de enero de 2026, el valor al 31 de diciembre de 2025 sustituye al precio de adquisición original. Las plusvalías históricas (antes de 2026) están por tanto exentas.
Excepción de pérdida latente
Si su precio de adquisición original es superior al valor del 31/12/2025 (pérdida latente), puede pedir que se utilice en su lugar — para las ventas realizadas hasta el 31 de diciembre de 2030 inclusive. Tres reglas:
- Debe pedirlo usted y debe demostrar ese precio. Los extractos de su entidad financiera pueden servir de prueba.
- El precio utilizado es el precio medio de compra del activo, calculado sobre los títulos que aún tenía el 31/12/2025 — no el precio de cada compra.
- Puede reducir la plusvalía a cero, pero nunca crear una pérdida. Una pérdida se calcula siempre a partir del valor del 31/12/2025.
La aplicación aplica esta excepción de oficio cuando le es favorable, con el precio medio de compra por activo de los títulos que aún se mantenían el 31/12/2025. Conserve sus justificantes de compra.
Hay dos formas de pagar el impuesto sobre plusvalías:
1. Retención bancaria (predeterminado)
Su institución financiera calcula y retiene el impuesto automáticamente. Sin embargo, los bancos no pueden tener en cuenta su exención, ni sus pérdidas, ni un precio de compra histórico superior al valor del 31/12/2025 — debe reclamarlos a través de su declaración fiscal anual, con justificantes.
Esta retención solo existe para los instrumentos financieros y los contratos de seguro, y solo cuando interviene un intermediario establecido en Bélgica. No se retiene nada sobre los criptoactivos, las divisas y el oro de inversión: esas plusvalías deben declararse siempre.
2. Opt-out (autodeclaración)
Puede solicitar a su banco que no retenga el impuesto. En ese caso, declara usted mismo todas las ganancias y pérdidas en su declaración anual y paga al recibir la liquidación fiscal. Para el año de rentas 2026, esta elección debía comunicarse al banco a más tardar el 31 de agosto de 2026.
Calendario
- 1 de enero de 2026: Entra en vigor el impuesto
- 1 de junio de 2026: Los bancos comienzan la retención automática
- 2027: Primera declaración con plusvalías (rentas de 2026, ejercicio fiscal 2027)
Esta aplicación genera un resumen fiscal en PDF que puede utilizar para su declaración anual, disponible en la página de Exportación.